RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA 2012 Y LA LEY DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

Por: Dra. Norma Julieta del Río Venegas

Zacatecas, Zac.-La Auditoria Superior de la Federación entrego el Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2012 a la Comisión de Vigilancia del Congreso de la Unión, informando que se realizaron mil 173 auditorías a 171 dependencias, auditando 379 entes públicos, practicando mil 173 revisiones.

La Auditoria Superior de la Federación, práctica no solo auditorias financieras y de inversiones físicas federales, ahora audita al desempeño, cumplimiento, evaluaciones de políticas públicas, control interno y resultado de indicadores.

Respecto a la Ley de Contabilidad Gubernamental, la ASF resalta en su informe de resultados de la Cuenta Publica 2012, en el rubro de la SHCP, que derivado de la reforma de este Ley, publicada el 12 de noviembre de 2012, se estableció un plazo máximo de un año para aprobar las modificaciones necesarias al marco jurídico y reformar los registros de la deuda pública, así como para transparentar todas las obligaciones financieras a cargo de los tres órdenes de gobierno, haciendo la observación de que este ordenamiento está pendiente de atención y se subraya la importancia de evaluar la sostenibilidad y vulnerabilidad de las finanzas públicas y de la deuda pública subnacional, a fin de que las autoridades competentes del ámbito federal y local apliquen.

Así mismo, en la auditoria al desempeño respecto al patrimonio inmobiliario, el resultado arrojo que de 52  sectores en los que la SHCP agrupo  a los entes públicos federales que integran este sistema, sólo 30 reportaron el valor de sus inmuebles por un monto de 367,827,424.8 miles de pesos que corresponde a 911 inmuebles, mientras que los 22 restantes no informaron valor alguno, debido a que aún se encuentran realizando el levantamiento físico del inventario inmobiliario, con el Sistema de Contabilidad Gubernamental, es por ello que el Consejo Nacional de Armonización  Contable amplió el plazo para que los entes públicos concluyan los procesos del levantamiento físico del inventario del patrimonio inmobiliario y su registro contable al 31 de diciembre de 2014.

Esta Ley se publicó en el año 2008, y definitivamente es un suceso que vino a reformar a nuestro país en vanguardia de transparencia y rendición de cuentas, ya que los tres órdenes de gobierno deben utilizar los mismos sistemas contables y armonizados que garanticen el desarrollo y fortalecimiento de los sistemas de información, que incluyan la correcta descripción del patrimonio, facilitando la fiscalización y la generación de cuentas públicas compatibles.

Al igual que cuando nace la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, existió resistencia con esta Ley, pero más que resistencia, existía desconocimiento de algunos actores gubernamentales en sus tres órdenes de gobierno, se optaba por enviar a estas convocatorias y capacitaciones a la persona que estuviera al alcance o la persona menos deseada, omitiendo que se requería darle la seriedad y el perfil adecuado para la puesta en marcha de esta Ley.
Este proyecto surge de la diversidad de criterios y de normas totalmente desiguales entre las entidades de la administración pública, en cualquier nivel de gobierno. Cada municipio, estado, federación y órganos autónomos manejaban su propio sistema contable, y la información que se generaba carecía de criterios de igualdad, lo que dificultaba las revisiones y evaluaciones, originando que la interpretación de las autoridades fiscalizadoras difería de las del ente auditado.

En resumen, consiste en modernizar los sistemas de información contables, donde se contemplan marcos jurídicos similares, principios y normas contables comunes, el sistema de administración financiera, el registro contable y modelos de información de cuentas compatibles, para proporcionar el control, evaluaciones y fiscalizaciones concurrentes.
Los plazos para la implementación y cumplimiento de esta Ley iniciaron en 2009 con la emisión  de  diversas  normas  y  documentos  que  emitió  el  Consejo  Nacional  de Armonización  Contable,  teniendo  cuatro  años  para  su  implementación  en  todas  las entidades  públicas  y  para  que  a  partir  del  ejercicio  2013  emitieran  información armonizada; sin embargo después de un diagnóstico realizado por el Consejo y visto el rezago, el plazo fue ampliado para que la federación y las entidades federativas emitan información en tiempo real con la integración automática del ejercicio del presupuesto con la información contable a partir de junio de 2014 y emitan la Cuenta Pública de este año  en los términos que señala la Ley, para los municipios el plazo es en junio del 2015.

En conclusión, es un tema que debe de tomarse con la seriedad que es, pues vendrán las observaciones en las futuras revisiones y estas serán de carácter correctivo, pues la prevención de manera conjunta con la capacitación han estado, no habrá pretexto alguno para contestar las observaciones en los informes que emita la autoridad fiscalizadora llegado los plazos si esta no se cumplió.

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