Por: Dra. Norma Julieta del Río Venegas, Comisionada del INAI
Zacatecas, Zac.-¿Se imaginan lo importante que es para una persona conocer cuánto dinero tiene en su fondo de ahorro? ¿Cómo puede esta información afectar otras decisiones de vida, sobre todo cuando hablamos de una persona jubilada? Saber cuánto ahorró durante décadas de trabajo le permitirá tomar decisiones, por ejemplo, sobre su salud o la de su familia, sobre un patrimonio, o simplemente sobre cómo pasará su retiro.
En el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) entendemos lo trascendental de casos como el que menciono. Por ello, resolvemos cada queja por falta de respuesta con el mayor cuidado posible. A continuación les comparto el caso que expuse en el Pleno del Instituto la semana pasada.
A través de la Plataforma Nacional de Transparencia, una persona solicitó al IMSS el acceso en copia certificada de la información que refleje a cuánto asciende el fondo de ahorro de su cuenta de seguridad social. De acuerdo con la persona solicitante, este dinero desapareció de la Afore donde lo tenía depositado. Por ello, quiso saber dónde se encuentra su dinero y qué puede hacer para que le regresen la cuenta.
El IMSS señaló que tenía identificada una pensión de cesantía en edad avanzada y que transfirió los recursos de dicha cuenta individual al Fondo de Pensiones para el Bienestar. Recordemos que en abril de este año se formalizó este Fondo de Pensiones que fue creado para que las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES) transfieran los recursos al Fondo de Pensiones cuando los asegurados cumplan 70 años y presenten un año de inactividad en su cuenta individual. En el caso que resolvimos, el IMSS no detalló el monto al que asciende el fondo de ahorro de la cuenta requerida.
Por ello, en el INAI revocamos esta respuesta e instruimos a que la dependencia transparente la información. Este asunto es un ejemplo de cómo la tutela del derecho a la protección de datos personales necesita de instituciones autónomas y especializadas como los organismos de transparencia en México. Si la persona no hubiera podido interponer una queja (llamado también “recurso de revisión”) en alguna institución, ¿el IMSS habría respondido de la misma forma? No lo sabemos con certeza, pero consideramos que no es pertinente que al momento de garantizar derechos humanos las instituciones sean “juez y parte”.
Como lo hemos explicado en nuestra campaña contra la desinformación, el INAI no almacena información. Las personas la solicitan a las instituciones (llamados también sujetos obligados) y, si estas no la entregan, entonces ahí es cuando el INAI interviene e instruye a entregar lo requerido cuando a las personas les asiste la ley. Los organismos de transparencia somos árbitros entre sociedad y autoridades; como árbitros, actuamos con imparcialidad apegados a derecho.
De la misma forma, la administración y operación del Fondo de Pensiones para el Bienestar es un tema de amplio interés público que debe ser transparentado. No olvidemos que los fideicomisos que integran recursos públicos, como es este Fondo administrado por el Banco de México, deben estar regulados y bajo auditorías permanentes evitando así sean utilizados para otros fines distintos para los cuales fueron creados.
En mayo de este año expuse un proyecto enmarcado en el mismo tema. Instruimos a PEMEX para que le informe a una persona sobre el estatus de las aportaciones a su Afore. Si los trabajadores cuentan con este respaldo, entonces tendrán certeza a los trabajadores sobre su historial de aportaciones; es parte de sus derechos laborales.
Invito a que las personas pregunten sobre sus Afores, soliciten información, ingresen a la Plataforma Nacional de Transparencia y defiendan sus ahorros. El INAI está para respaldarlos.
@JulietDelrio