Aprueba IEEZ reglamentación para el proceso electoral en Zacatecas‏

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, en Sesión Extraordinaria, aprobó el Reglamento Interior del IEEZ; el Reglamento y Manual de la Oficialía Electoral; los Lineamientos para el Registro Extraordinario como Partido Político Estatal de un Partido Político Nacional que pierda su Registro; Además del Procedimiento y Convocatoria para la selección y designación de las personas que integrarán los 18 Consejos Distritales y los 58 Consejos Municipales Electorales para el Proceso Electoral 2015 – 2016.DSC_7010

Con la reforma a la Constitución Federal en materia político-electoral de 2014, se modificó el sistema electoral mexicano, ya que se transitó de un modelo federal a un modelo híbrido, al crear un Sistema Nacional Electoral, que tiene como base constitucional un nuevo esquema, en el cual se facultó al Congreso de la Unión a expedir las leyes generales que distribuyen competencias entre la Federación y las Entidades Federativas en materia de partidos políticos, organismos electorales y procesos electorales.

Por lo que ahora existe un sistema que se fundamenta además de la Constitución Federal y las particulares de los Estados, en las Leyes Generales que el Congreso de la Unión expidió y que se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, el pasado veintitrés de mayo de dos mil catorce, y que son: la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; la Ley General de Partidos Políticos, y la Ley General de Delitos Electorales.

Estas nuevas disposiciones jurídicas constitucionales y legales, establecen una nueva distribución de competencias en materia electoral en los siguientes rubros: autoridades electorales administrativas y jurisdiccionales, regulación de los partidos políticos nacionales y locales, del régimen aplicable a los candidatos independientes, los procedimientos electorales y los delitos electorales, entre otros temas.

Es así que con el objetivo de armonizar el marco constitucional y legal estatal con el marco constitucional y legal federal, la Honorable Sexagésima Primera Legislatura del Estado de Zacatecas, en el ejercicio de la facultad que le otorga el artículo 65, fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, mediante Decretos 177, 379 y 383, publicados en el Periódico Oficial Órgano del Gobierno del Estado, el 12 de julio de 2014 y 6 de junio de 2015, respectivamente, reformó, adicionó y derogó diversas disposiciones de la Constitución Local, en materia electoral y decretó una nueva Ley Orgánica así como una nueva Ley Electoral, respectivamente.

Derivado del nuevo marco constitucional y legal federal así como del nuevo marco constitucional y legal estatal, en función del principio de unidad normativa, y con la finalidad de brindar coherencia integral al sistema institucional es necesario expedir el Reglamento Interior del Instituto Electoral, con el objeto de armonizarlo con los referidos ordenamientos.

Asimismo, el Consejo General aprobó el Reglamento de la Oficialía Electoral y el Manual de la Oficialía Electoral del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, documentos que entrarán en vigor y surtirán sus efectos a partir de su aprobación.

También, fueron aprobados los Lineamientos para el registro extraordinario como partido político estatal de un partido político nacional que pierda su registro, los cuales regulan, entre otros aspectos, los siguientes:

I. Las atribuciones del Consejo General, de las Direcciones Ejecutivas de Organización Electoral y Partidos Políticos y de Asuntos Jurídicos. Así como, la integración y atribuciones de la Comisión Examinadora;

II. Los requisitos para que el partido político nacional que perdió su registro como tal pueda solicitar su registro extraordinario como partido político estatal;

III. Las reglas que deberá observar el partido político nacional que perdió su registro como tal y pretende obtener su registro extraordinario como partido político estatal, respecto de la celebración de la asamblea estatal constitutiva; del contenido de los documentos básicos así como de la solicitud de registro, y

IV. El procedimiento de revisión que llevará a cabo la Comisión Examinadora, para determinar si el partido político nacional que perdió su registro como tal y pretende obtener su registro extraordinario como partido político estatal, cumple con los requisitos previstos en la Ley General de Partidos, en la Ley Electoral y en los Lineamientos.

Por otra parte, el Consejo General aprobó el Procedimiento para la selección y designación de las personas que integrarán los dieciocho Consejos Distritales Electorales y cincuenta y ocho Consejos Municipales Electorales para el Proceso Electoral Local 2015-2016.

Este acuerdo tiene como objetivo específico determinar el procedimiento de difusión de la convocatoria para participar como integrantes de los Consejos Electorales Distritales y Municipales, así como el procedimiento para establecer los plazos y términos para la recepción de la documentación de los aspirantes; la aplicación del examen de conocimientos, de entrevista y, finalmente, la notificación a las personas que fueron designadas por el Consejo General para fungir en la Presidencia, Secretarías Ejecutivas así como Consejeras y Consejeros Electorales de los Consejos Electorales, garantizando en la integración la equidad de género, en los términos establecidos en la Ley Electoral.

Por último, el Consejo General aprobó los informes financieros del Órgano Electoral correspondientes al mes de junio del ejercicio fiscal 2015. Los informes financieros aprobados se integran por el Estado de Situación Financiera; el Estado de Ingresos y Egresos; y el Estado del Ejercicio Presupuestal del mes de junio.

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