JUEZ VUELVE A NEGAR AMPARO A EX GOBERNADORA

Zacatecas, Zac.- Con relación a juicios de amparo promovidos por Amalia Dolores Garcí­a Medina, ex gobernadora del Estado y funcionarios de la anterior administración, la Coordinación General Jurí­dica emite los siguientes comentarios:

En los amparos promovidos por diferentes ex funcionarios de la administración pública que concluyó,  tramitados en el Juzgado Segundo de Distrito en el Estado, se reclama en términos generales lo siguiente: la promulgación, orden de publicación y refrendo (del Secretario General de Gobierno),  la falta de refrendo por parte del Contralor Interno del Gobierno del Estado así­ como,  la aplicación de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos  del Estado y Municipios de Zacatecas  (consistente  en el apercibimiento que hace el Contralor a efecto de que dentro del término de 15 dí­as rinda el informe correspondiente y ofrezca pruebas dentro del procedimiento administrativo sancionador instaurado).

En el l juicio 870/2010  promovido por Amalia D. Garcí­a Medina, ex Gobernadora del Estado, el dí­a de hoy primero de marzo en curso, el Juez dictó la resolución correspondiente en la que determina: SOBRESEER  el juicio.

Dentro del  juicio 09/2011 promovido por  Héctor Jaime ívila Cortés,  el dí­a 01 de marzo en curso, el Juez de Distrito dictó la resolución en la que SOBRESEí‰ el  juicio.

En el Juicio 16/2011, promovido por Francisco Flores Sandoval,  el dí­a 01 de marzo en curso, el Juez de Distrito dictó la resolución en la que SOBRESEí‰ el juicio.

El criterio del juzgado al emitir las resoluciones en los tres juicios de amparo es EXACTAMENTE el mismo; determinó con fundamento en el contenido delartí­culo 73 fracción XVIII, en relación con el 114 de la Ley de Amparo,  que en los actos reclamados opera la causal de improcedencia, ya que constituyen determinaciones de trámite, tendientes a informar el inicio del procedimiento administrativo, lo cual se asemeja a un emplazamiento, para que comparezca en defensa de los intereses del quejoso, lo que no actualiza el supuesto de actos de imposible reparación.

*

*

Top